Juan Ramón ha decidido contar su
experiencia como reponedor de mercancías en un hipermercado. Lo que sigue es
el relato de su trabajo...y su despido. Lo ha titulado "Reponiendo en el
supermercado".
Son las seis de la mañana. Un grupo de personas espera junto a las puertas
del establecimiento. Fulanito, Menganito, Zutanita, Menganita, Tarantita, y
algunos más. El guarda jurado activa el mecanismo y abre las puertas del
establecimiento. Sin esperar más acceden al interior.
En
este turno el grupo es de alrededor de veinte personas. La mayoría son
mujeres. Unos pocos están contratados por la empresa directamente. La
mayoría pertenecen a otras empresas, son los trabajadores externos.
Estos han de subir las escaleras para recoger una tarjeta identificativa. En
el momento de recoger la susodicha se ha de pasar por un escáner de modo que
el ordenador registre la entrada del trabajador. Las tarjetas se guardan en
un pequeño cajón junto al puesto de vigilancia. El cajón es pequeño y las
tarjetas se mezclan sin orden. Hay que buscar cada mañana. Un letrero
advierte: “Está prohibido llevarse las tarjetas”. Hace unos años la tarjeta
puntualizaba: “No es empleado de la empresa”. Esta leyenda ha sido
suprimida.
El
pequeño grupo directamente contratado por la empresa, los no externos,
no tienen necesidad de subir. Registran su entrada junto al puesto de
trabajo, justo al lado de la puerta del almacén. Han de llevarse la tarjeta
a casa. No necesitan dejarla bajo custodia.
Todos han de cruzar al extremo opuesto del local, nadie espera a nadie.
Ahora buscarán los utensilios necesarios para desempeñar su labor: un
traspalé -maquinaria para manejar los palés de mercancías-, un palé para
depositar los artículos que no tienen cabida en las estanterías, una
escalera y un carro para depositar los envoltorios.
Los traspalés no son suficientes para todos. Algunos están averiados por el
uso y el tiempo, pero siguen en activo. Los últimos en llegar tendrán que
conformarse con ellos. El esfuerzo será notablemente mayor. Los carros para
los envoltorios también hay veces que no están disponibles. Por supuesto los
trabajadores externos son los que apechugan con las incomodidades. ¿Es un
motivo de distinción? Quizás.
Hoy es domingo. Los jefes de sección no vendrán como es habitual. Los
empleados de la empresa cobrarán el día como extra. Los trabajadores
externos no lo cobrarán: quizás les den un día habitual como libre, quizás.
No tienen derecho a descanso semanal retribuido. La nómina mensual es de 26
días o menos, según las fiestas que traiga el mes, dado que éstas se
descontarán de la nómina aunque se hayan trabajado.
Zutanita tiene alrededor de veinte años, no ha terminado sus estudios, está
soltera y sin compromiso o con él, qué más da. Lleva tres meses como
empleada de la empresa. Menganita tiene más de cuarenta, está casada y tiene
varios hijos, quizás mayores, hace ya más de dos años que viene todos los
días a trabajar. Menganito está en la misma situación que Menganita, puede
que hasta tengan titulación de algún tipo, pero eso no cuenta. Todos entran
a la misma hora y salen a la misma hora. Hacen el mismo trabajo, se supone:
reponer artículos de venta. Menganita, como Zutanito y como el resto de los
trabajadores externos, cobra poco más de trescientes euros, la mitad o menos
que Zutanita. Los empleados de la empresa también tienen ciertos descuentos
en la compra de algunos artículos, otro privilegio de ser empleada
directa. Es decir, los trabajadores externos no tienen ninguno de los
derechos recogidos en el convenio de la empresa, no tienen derecho alguno.
El despido.
En
un momento de la jornada laboral, se acerca la persona que hace las veces de
encargada. Se trata de una trabajadora más. Lleva menos tiempo trabajando
que yo, y que otras personas.
–
Tal día cumples tres años en la empresa. Es una práctica de la empresa que a
los tres años se despida a la
gente y se os vuelva a contratar a los seis meses. Firma aquí.
–
Aquí no dice lo mismo. Pone que el contrato ha terminado. Infórmate porque
mi contrato es hasta fin de
obras. De momento no firmo.
Como no tengo el contrato, la empresa solo los entrega a petición del
trabajador y con justificación de necesitarlo, decido informarme. Voy al
sindicato Comisiones Obreras (CCOO). Hablo con los responsables de comercio.
Me dicen que puede tratarse de un despido improcedente. Me corresponde una
indemnización de unos 1200 euros grosso modo, pero que habría que
afinar. En el Instituto Nacional de Empleo (INEM) me pueden facilitar una
copia del contrato.
Presento el caso en el INEM. Me dicen que mi contrato ha terminado y creo
que no es así. La empresa no se niega a darme una copia, pero se
desentiende. Consigo una copia. El contrato está registrado en Málaga, por
lo que ha sido necesario que la envíen por fax. La empresa está radicada en
Madrid y tiene sucursal en Málaga. En ese momento el funcionario me dice que
no pueden despedirme, salvo que haya finalizado la relación de la empresa
con Carrefour (la empresa del Hipermercado). El contrato es por obras y
servicios, hasta fin de obras. Se trataría de un despido improcedente. De
nuevo en CCOO me dicen que hasta que no se produzca el despido no se puede
hacer nada. Hace falta presentar papeles para iniciar cualquier acción.
Comento a la encargada el asunto. Ella no sabe nada. Hace poco más de
un año que trabaja en Carrefour. Pasará la información a la empresa. El
último día me dice que ya no puedo venir más a trabajar. El contrato ha
finalizado. Le pido los papeles del despido, lo que me haga falta para
solicitar el subsidio de desempleo. No tiene nada. Sólo la carta
informativa. Hasta que no la firme no me pude dar ningún papel. Se la pido.
Firmo no conforme. Cuando lleguen los papeles me avisará.
En
el Inem me dicen que tengo veinte días, hay tiempo. Con la carta y la copia
del contrato voy a CCOO. No soy socio. Parado crónico sin subsidio, hasta
que ‘encontré este chollo’, y con algo más de trescientos euros al mes no da
para pagar cuotas. En comercio explico el tema. La razón la tiene la
empresa, dicen. La ley está de su parte. Son escrupulosos en esto. Justo lo
que uno de los jefecillos de Carrefour decía una y otra vez, añadiendo que
la culpa era de los sindicatos que habían firmado la ley. Recalco el fraude
de usar empleados ajenos para tareas habituales, la reposición de productos
de Carrefour así como de otras empresas. No hay manera. No conocí el
sindicato vertical -el de la dictadura del general Franco-, pero estas eran
las historias que oí hablar de él. Quizás estos sean todavía peor.
Estos compañeros se informan con la asesoría jurídica para iniciar
trámites. Condiciones:
–
Para hablar con la abogada tienes que poner 300 euros encima de la mesa. Con
eso se prepararían los papeles
para la mesa de conciliación. Si hay que ir a juicio serán 600 euros más.
–
Pero eso supone 900 euros. Si me corresponden 1200, ¿qué me queda a mi? ¿y
si no ganamos por alguna razón?
–
Si no se gana, y puede darse el caso, lo tienes que pagar de tu bolsillo. Es
tu problema.
En otro tiempo,
hace unos cinco años, era conocido en CCOO. Siempre me moví por esos
ambientes. Me cruzo con un conocido que ahora está dentro del sindicato.
"Qué te pasa", me pregunta. Le cuento el asunto. "Es una faena", dice.
"Habla con la dirección, con
Fulano, Mengano. Habrá una solución". Vuelvo al sindicato.
Veo a Fulano. Es una persona que siempre ha estado en las alturas. Desde
siempre. Lo conozco y me conoce. Del sindicato y de Izquierda Unida. Creo
que es y ha sido siempre del PCE. Le expongo el caso.
–
Lo siento, pero así están las cosas. Esto ya no es lo que era. Se dan unos
servicios para los socios. No se
mira de qué color son los socios. Esto es como un club de fútbol. Los socios
tienen unas ventajas y beneficios que el resto no tiene, para
eso son socios. No se puede hacer nada. Búscate un abogado de oficio.
Así hice. Busqué un abogado de oficio. En el colegio de abogados solicité
uno. En la carta de asignación dice que si hay remuneración podrá cobrar
hasta un 30% de la misma.
Por lo visto tenía derecho a pedir subsidio. Me dan una lista con los
documentos que debo presentar antes de que pasen veinte días o algo así.
Entre ellos el certificado de empresa y un justificante de la cotización de
los últimos tantos días.
Cumple el plazo y la empresa no me ha facilitado ningún papel. Lo expongo en
el INEM. Me recogen la solicitud para que el plazo no se pase y me dan
quince días más para presentar los papeles. No se hacen cargo si la empresa
no está aquí. Es mi problema. Si no me los da, es mi problema. ¿Se ha negado
la empresa? No. Es mi problema.
Casi finalizando el plazo me avisan de que ya están los papeles. Tal como
los recojo, los entrego en la oficina de empleo. Todo está bien. Ya me
avisarán. Cuatro meses después recibo una notificación. Debo aclarar la
fecha de despido en el INEM. Llevo los papeles que considero oportunos.
Aclarado. Hay un error de fechas. El certificado de empresa
dice el día dos. Hacienda dice el día doce. El primero está mal, hay que
volver a pedirlo y presentar los papeles de nuevo. Si no se hace así, no
tengo derecho a nada.
No
se hacen cargo de que la empresa no esté aquí y no sea posible ponerse en
contacto con ella. Paso toda la mañana discutiendo. Es un papel de la
empresa que pide la Administración. Yo sólo hago de intermediario. A mi no
me tienen en cuenta, no pinto nada y nada le importo a la empresa.
Que la administración se lo pida directamente. Cuesta trabajo hacerse
entender. Por fin surge la solución: firmo un papel que justifica la
dificultad de presentar los papeles que la empresa debe facilitar. Existe un
impreso para tal fin. La mañana concluye. Llegué al INEM a las nueve
pasadas, son más de las doce. No está la suerte conmigo. Sólo queda esperar. |